Ajuste en subsidio para el empleo en CFDi de Nómina para 2020
En octubre del 2019, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), actualizó la GuÃa de llenado para el CFDI de Nómina. De las modificaciones especificadas ha sobresalido el requerimiento de la autoridad de realizar y mostrar en el CFDI de Nómina un ajuste al Subsidio para el Empleo. Dicho ajuste se realiza de forma mensual en ciertas situaciones que la propia guÃa de observación. En el presente artÃculo se explicará el Apéndice 7, procedimiento para el registro del ajuste del Subsidio para el empleo afectado cuando se realizan pagos por accidentes menores a un mes.
Nuevas claves en el catálogo de CFDi de Nómina
Por motivo del cambio solicitado en el CFDI de Nómina por la autoridad, con fecha del 5 de diciembre de 2019, se publican las siguientes claves en el Catálogo de CFDI de Nómina, con excepción de la clave 071 de tipo deducción. En la siguiente tabla se indica su inicio de vigencia:
Explicación por parte de la autoridad
Para este efecto usaremos como ejemplo una empresa con perÃodo de pago quincenal, la cual realiza pagos a los trabajadores de percepciones variables en la segunda quincena de cada mes. Tomaremos por caso el pago de nómina de un solo trabajador, el cual tiene un salario quincenal de $ 2,500MXN; y utilizaremos para el cálculo del impuesto sobre la renta (ISR); y de Subsidio para el Empleo (SE); la tarifa y la tabla de perÃodo quincenal que se encuentra en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Como se observa el cálculo realizado en la primera quincena, el ISR se determinó por $ 150.60MXN y el subsidio para el empleo que le corresponde el combustible de 160.35MXN. Por lo tanto, un empleado se el entrego la diferencia por subsidio para el empleo, $ 9.75MXN.
Sin embargo, en la segunda quincena, el cálculo difiere debido a la entrega de la percepción variable. De ese modo se observa que al trabajador no le corresponde subsidio para el empleo de acuerdo a la tabla aplicada y por lo tanto al trabajador se le debe de retener un ISR determinado de $ 444.58 sin disminuir alguna.
Se adjuntan tarifa y tabla utilizada:
El requerimiento de la guÃa de envÃo para el CFDI de nómina se centra en el ajuste al realizar un cálculo mensual de subsidio para el empleo especificado la suma del ingreso recibido por el trabajador, asà como la tabla mensual de subsidio para el empleo publicado en el ya referido Anexo 8. De tal forma que retomaremos los cálculos ya realizados, pero añadiremos una cuarta columna en la que se solo se determinará la determinación mensual del subsidio para el empleo.
Se adjunta tabla utilizada:
Como vemos en la cuarta columna (Mensual), en donde considera la base gravable de $ 7,400MXN según la tabla mensual de subsidio para el empleo, por dicho concepto le corresponde una cantidad de $ 0MXN (cero pesos). No obstante, derivado de que el patrón identificará la tabla quincenal de subsidio para el empleo en la primera quincena, en ese cálculo sà le corresponde subsidio, el cual se aplicó contra el ISR, y su diferencia se le entregó al trabajador. Esas cantidades se deben ajustar, y por lo tanto retener al trabajador los $ 150.60MXN de ISR de esa primera quincena y descontar los $ 9.75 que le entregamos por subsidio para el empleo.
De esa manera, en el recibo de nómina se observarán las siguientes claves relacionadas con el ajuste:
Conclusiones
Con el ajuste, el cálculo impactará de forma significativa a quienes utilizan tablas de subsidio para el empleo, distintas al mes mensual de realizar su cálculo; y que además tengan alguna percepción variable o adicional que impacte la base gravable mensual. También podemos dar situaciones como el cambio en el sueldo del trabajador a mitad del mes, lo que darÃa lugar a un ajuste en el subsidio para el empleo.